El píxel de Meta (connect.facebook.net) sigue el comportamiento de los visitantes para la segmentación publicitaria y la medición de conversiones y transmite datos a Meta en EE. UU.
El Meta Pixel es una herramienta puramente de marketing: no existe ninguna variante que esté permitida sin consentimiento. A diferencia de las herramientas de analítica, aquí no ayuda la anonimización: la finalidad es reconocer a personas concretas entre sitios web, y precisamente eso requiere un consentimiento previo y activo según el art. 25.1 TDDDG.
En la sentencia Fashion ID (C-40/17) el TJUE aclaró que el operador del sitio y Meta son corresponsables de la recogida y la transmisión de los datos. En la práctica: no solo necesitas el consentimiento, sino también el acuerdo de corresponsabilidad (controller addendum) que facilita Meta, y su contenido esencial debes divulgarlo en la política de privacidad.
La Conversions API (seguimiento del lado del servidor) no cambia la situación jurídica. Los eventos transmitidos del lado del servidor necesitan el mismo consentimiento que el píxel del lado del cliente: quien opera la API sin comprobación del consentimiento solo traslada el problema al servidor.
Para el rastreo de marketing se aplica el § 25 apdo. 1 TDDDG: acceso al dispositivo solo con consentimiento previo. El TJUE subraya la corresponsabilidad del operador del sitio y de Meta en la recogida. Sin consentimiento y sin un acuerdo de corresponsabilidad (art. 26 RGPD) falta la base.
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